El DeCA (documento electrónico de control administrativo) ampara cada transporte público de mercancías por carretera en España y permite a la inspección verificar la operación. Desde el 5 de octubre de 2026 debe emitirse en digital: un PDF nativo con código QR y URL única, según la Ley 9/2025 y la Resolución de 5 de junio de 2026.
Es el documento que acompaña la mercancía y que la inspección puede pedirte en cualquier control de carretera.
El documento de control administrativo identifica quién contrata el transporte, quién lo ejecuta, qué se mueve, desde dónde, hasta dónde y cuándo. Existe desde la Orden FOM/2861/2012 y hasta ahora convivía en papel dentro de la carpeta del camión.
Lo que cambia el 5 de octubre de 2026 no es el documento. Es el soporte. El papel deja de valer y el formato electrónico pasa a ser obligatorio.
En un solo viaje pueden intervenir un cargador, un transportista, un operador logístico y uno o varios subcontratados. El DeCA es la prueba de que ese servicio se está prestando de forma legal y de quién responde de cada dato. Sin él, la inspección no puede verificar nada en carretera.
Lo fija la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible.
Hasta esa fecha los dos formatos conviven, así que el momento de hacer la transición es ahora: probando con viajes reales y con margen para corregir. Llegar a octubre sin sistema significa hacer el cambio con el camión parado en un control.
Cinco normas explican toda la obligación. Estas son, en orden, y qué aporta cada una.
| Norma | Qué establece |
|---|---|
| RD 1211/1990 (ROTT), art. 222 | Exige que el transporte público de mercancías vaya amparado por un documento de control. |
| Orden FOM/2861/2012 | Fija el contenido del documento de control y los transportes que quedan exentos. |
| Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (disposición transitoria octava) | Marca el 5 de octubre de 2026 como la fecha en que el documento pasa a ser necesariamente digital. |
| Resolución de 5 de junio de 2026 DGTTFF · BOE-A-2026-12784 | Define las características técnicas: cómo deben ser las aplicaciones y cómo deben ser los ficheros. PDF nativo, QR, URL única, trazabilidad y conservación. |
| LOTT, art. 141.17 | Tipifica como infracción grave circular sin el documento de control o llevarlo incompleto (401–600 €). Falsear los datos o negarse a facilitar el acceso al documento digital es infracción muy grave: hasta 6.000 €. |
Obliga al transporte público de mercancías por carretera, incluidos los servicios de cabotaje. No es exigible en el transporte privado complementario.
Cada parte responde de los datos que le corresponden. En la práctica, quien acaba delante del agente es el conductor: por eso el documento tiene que estar generado antes de que el camión arranque, no después.
La Orden FOM/2861/2012 deja fuera del documento de control, entre otros:
El DeCA tiene que permitir que un agente identifique el servicio completo sin llamar a nadie.
Si hay subcontratación, la cadena tiene que quedar reflejada: quién contrató con quién. Es el punto donde más expedientes se abren, porque en papel se resolvía con una llamada y ahora tiene que estar escrito.
Esto es lo que separa a un software que cumple de uno que no. Si tu proveedor falla en uno solo, tu DeCA no es válido.
Sí. La norma prevé dos caminos, y ninguno de los dos es tachar y seguir.
Se mantiene la misma URL y el mismo QR, pero el sistema tiene que registrar qué se cambió y cuándo.
Se genera un documento con URL y QR distintos, y se conserva el anterior. Los dos quedan en el repositorio.
Es más habitual de lo que parece: cambia la matrícula porque se rompe el vehículo, se añade un bulto en la carga, se corrige el peso. Lo importante es que el cambio quede trazado y que el conductor lleve la versión buena antes de arrancar.
Sí, con una condición: que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos los envíos.
Si se cumple, un solo documento puede amparar varios servicios. Eso sí, dentro tiene que identificarse cada envío por separado con su origen, destino, naturaleza y peso.
Se confunden constantemente porque viajan juntos en la misma carpeta, pero no sirven para lo mismo.
| DeCA | Carta de porte | CMR | |
|---|---|---|---|
| Naturaleza | Administrativa | Contractual | Contractual internacional |
| Para qué sirve | Acreditar el transporte ante la inspección | Probar el acuerdo entre cargador y transportista | Amparar el transporte internacional (Convenio CMR) |
| Ámbito | Transporte interior y cabotaje en España | Nacional | Internacional |
| Obligatorio en digital | Sí, desde el 5 de octubre de 2026 | No | No |
No es un cambio de normativa en abstracto. Es un cambio en cómo se mueve un papel dentro de tu empresa.
Un ejemplo concreto: Las Palmas – Madrid, mercancía general, camión propio.
Antes de que el camión salga, el documento ya está generado en digital. En un control, el agente para el vehículo y pide el documento de control. El conductor abre el móvil y enseña el QR. El agente lo escanea, accede a la URL, descarga el PDF y comprueba que los datos coinciden con la carga. Treinta segundos. Sin rebuscar papeles ni llamar a oficina.
El mismo viaje en papel, con la matrícula del remolque mal apuntada porque se cambió a última hora: la infracción se levanta ahí mismo.

Circular sin documento de control, llevarlo incompleto o con datos esenciales erróneos es infracción grave.
No hay un importe único: las infracciones relacionadas con el documento de control recorren tres tramos del régimen sancionador de la LOTT, según qué es lo que falla.
| Tramo | Conducta | Importe |
|---|---|---|
| Leve | No llevarlo a bordo o no poder exhibirlo en el control. | 201 – 300 € |
| Grave | Carencia del documento o falta de datos esenciales. Art. 141.17 de la LOTT, sancionado conforme al baremo del art. 143. | 401 – 600 € |
| Muy grave | Falsear los datos, introducir información incorrecta de forma intencionada o negarse a facilitar el acceso al documento digital. | 4.001 – 6.000 € |
La sanción se aplica por control y por vehículo, y alcanza a las dos partes: cargador contractual y transportista efectivo. La responsabilidad recae sobre quien aportó el dato que falla.
No. No existe ninguna aplicación oficial que genere el documento por ti.
Lo que hace la Administración es fijar cómo tiene que ser el fichero y qué debe cumplir la aplicación que lo emite. Emitirlo es cosa de cada empresa: con desarrollo propio o con un proveedor que cumpla los requisitos.
Sin instalar nada, desde el navegador o desde el móvil. El primero lo tienes hecho en menos de un minuto.
Servicio · Las Palmas › Madrid, 18.500 kg
PDF nativo con QR y URL única
48 sEnviado al conductor por email
En carretera, el chófer enseña el QR
Archivado un año, buscable
Funciona en el navegador y en el móvil del conductor. No hay nada que instalar en la cabina.
Sin tarjeta de crédito. Pruébalo con viajes reales antes de octubre.
Si solo recibes DeCA de tus transportistas, el plan gratuito te vale.
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Este contenido resume la obligación del DeCA con fines divulgativos y no sustituye al texto legal. Consulta siempre la información oficial:
Última revisión de esta página: agosto de 2026.